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Alta en convenio especial por prácticas

Consulta la información y los requisitos para tramitar tu alta en este convenio especial.

Qué necesitas

  • Certificado expedido por la universidad o el centro educativo en el que se cursaron los estudios, debiendo constar la fecha de inicio y fin y si las prácticas fueron o no remuneradas. En caso de prácticas remuneradas, este certificado puede ser expedido por las empresas o entidades en las que se realizaron las prácticas o por las que fueron financiadas.
  • Una cuenta bancaria para domiciliar tu cuota. Si no eres el titular de la cuenta, el número del documento de identificación del titular y contar con su autorización.

Plazos

Puedes solicitar el alta en este convenio hasta el 31 de diciembre de 2028.

El convenio será efectivo cuando se haya producido el ingreso de la totalidad de la cotización que corresponda por este convenio especial.

A través de este servicio podrás presentar una solicitud mediante Registro electrónico.

A quién va dirigido

Podrán darse de alta en este convenio:

  • Alumnos de prácticas formativas y académicas externas:
    • Universitarios para titulaciones oficiales (grado, máster, doctorado) y títulos propios (máster de formación permanente, diploma de especialización o experto).
    • Universitarios que realizaron prácticas académicas externas retribuidas afectadas por la anulación del Real Decreto 1707/2011.
    • Estudiantes de formación profesional, excepto en régimen de formación profesional intensiva.
    • Estudiantes de enseñanzas artísticas superiores, profesionales y deportivas.
  • Becarios en programas de formación no dirigidos a la obtención de un título, incluyendo programas de investigación, que ya suscribieron o pudieron suscribir un convenio especial al amparo de la disposición adicional primera del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre.
  • Graduados universitarios en programas de formación investigadora, tanto en España como en el extranjero

Ten en cuenta

La solicitud de alta de este convenio especial se entenderá formulada respecto a la totalidad de los periodos de prácticas y/o de formación que consten en las certificaciones aportadas.
Permite cotizar por los periodos de prácticas o formación realizadas en el pasado.
  • Solo se pueden reconocer hasta 5.475 días de prácticas o formación.
  • Incluye prácticas universitarias, de FP, artísticas, deportivas, becas formativas o formación investigadora de doctorado.

¿Cuánto cuesta?

Al darte de alta en un convenio especial, tendrás que pagar una cuota mensual. Ésta se calcula aplicando los tipos de cotización y coeficientes que estén vigentes en cada momento, sobre tu base de cotización, que será la base mínima del grupo 7 aplicable en cada periodo del convenio.

Si no dispones de identificación electrónica

Será necesario rellenar tus datos personales, un selfie y adjuntar una fotografía de tu documento de identidad.

Te recomendamos que, para presentar tu solicitud, descargues la documentación asociada a tu trámite y la cumplimentes antes de acceder:

Más información

Contenido complementario
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