Alta en convenio especial para emigrantes e hijos de éstos, seglares, misioneros y cooperantes españoles que trabajen en el extranjero
Consulta la información y los requisitos para tramitar tu alta en este convenio especial.
Qué necesitas
- Acreditar el trabajo, la prestación de servicios o la formación en el extranjero por cualquier medio, traducido y compulsado por la consejería o el consulado español:
- Copia del permiso de trabajo o certificado de trabajo expedido por la empresa.
- Certificado de la condición de seglar, misionero o cooperante, expedido por la organización o institución de la que dependa.
- Certificado de la participación en programas formativos o de investigación expedido por la empresa, entidad o institución.
- Copia del permiso de residencia o de estancia, compulsada por la Consejería de Trabajo e Inmigración Española o por el consulado español, o mediante certificado de inscripción en el registro de matrícula de la embajada o consulado español.
- Este convenio especial no obliga al pago mediante domiciliación bancaria.
Plazos
Puedes solicitarlo en cualquier momento.
La fecha de inicio del convenio será el primer día del mes siguiente a la fecha de presentación de la solicitud.
A través de este servicio podrás presentar una solicitud mediante Registro electrónico.
A quién va dirigido
Personas mayores de 16 años de edad con nacionalidad española y Número de la Seguridad Social, que cumplan alguna de las siguientes condiciones:- Trabajar en el extranjero.
- Ser hijo/a de un trabajador que realiza una actividad en el extranjero.
- Ser seglar, misionero/a o cooperante dependiente de la Conferencia Episcopal, Diócesis, Órdenes, Congregaciones y otras instituciones religiosas, así como de organizaciones no gubernamentales, sin mediar relación laboral.
- Participar en un programa formativo o de investigación en un país extranjero.
- No se exige periodo de cotización previo a la solicitud del convenio especial.
Ten en cuenta
No se exige que el país tenga suscrito con España acuerdo o convenio en materia de Seguridad Social.
¿Cuánto cuesta?
Al darte de alta en un convenio especial, tendrás que pagar una cuota mensual. Ésta se calcula aplicando los tipos de cotización y coeficientes que estén vigentes en cada momento sobre tu base de cotización.
La base mensual de cotización de este convenio es la base mínima de cotización que, en cada momento, se halle establecida en el Régimen General de la Seguridad Social.
Si no dispones de identificación electrónica
Será necesario rellenar tus datos personales, un selfie y adjuntar una fotografía de tu documento de identidad.
Te recomendamos que, para presentar tu solicitud, descargues la documentación asociada a tu trámite y la cumplimentes antes de acceder: