¿Quieres trabajar por tu cuenta? Consulta los requisitos y tramita tu alta antes de empezar la actividad.
Te solicitaremos otros datos si fuera necesario.
Tienes que solicitar el alta antes de iniciar tu actividad. En todo caso, puedes tramitarla con una antelación máxima de 60 días. Si ya has empezado a trabajar por cuenta propia, también debes comunicar tu alta pero se considerará realizada fuera de plazo a todos los efectos.
Debes darte de alta en trabajo autónomo si vas a realizar de manera habitual una actividad económica por cuenta propia, y además tienes 18 años o más, eres español residente en España, o extranjero con permiso de trabajo.
Estás obligado a darte de alta como autónomo si vas a realizar una actividad económica de manera personal y habitual con independencia de los ingresos que la actividad genere.
Si desempeñas varias actividades por tu cuenta, sólo tienes que darte de alta una vez.
Al darte de alta en la Seguridad Social, estás obligado a pagar una cuota mensual.
Para determinar su importe, debes tener en cuenta tus rendimientos en 2023.
El importe de tu base de cotización condiciona la cuantía de tus prestaciones; es decir, a mayor base, mayor será la prestación que recibirás cuando lo necesites.
Se tendrán en cuenta todos los rendimientos netos obtenidos de las distintas actividades que realices como trabajador por cuenta propia, a los que tendrás que sumar el importe de las cuotas abonadas a la Seguridad Social.
El cálculo de estos rendimientos netos se realizará según lo previsto en la normativa sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y con algunas especialidades en función de si perteneces a colectivos como por ejemplo socios mercantiles.
A estos rendimientos netos, y siempre que hayas estado de alta en el régimen especial de autónomos 90 días, se aplicará una deducción por gastos genéricos del 7%, porcentaje que en el caso de socios mercantiles se reduce a un 3%.
Find out how much you have to pay each month.